lunes, 3 de noviembre de 2008

El código deontológico del Tecnólogo

Trabajo realizado por Rocío García Peinado y Alba García Barrera.

El código deontológico del Tecnólogo bien pudiera basarse en las siguientes normas:
  1. Independencia: La independencia intelectual y moral del Tecnólogo, que permanentemente deberá preservar, es condición esencial para el ejercicio de su profesión y constituye la garantía de que los intereses de los destinatarios de sus servicios serán tratados con objetividad.
  2. Legalidad: El Tecnólogo deberá siempre actuar conforme al ordenamiento jurídico y a las normas corporativas.
  3. Integridad: El Tecnólogo deberá ser honesto, leal, veraz y diligente en el desempeño de su función.
  4. Confidencialidad: El Tecnólogo no divulgará ningún tipo de información confidencial que conozca en el transcurso de su trabajo. Formación y Perfeccionamiento: El perfeccionamiento profesional y la continua puesta al día de sus conocimientos científico-técnicos es una obligación del Tecnólogo, al permitirle garantizar la prestación de unos servicios de calidad a los usuarios de sus servicios.
  5. Lealtad: El Tecnólogo mantendrá siempre una actitud respetuosa, leal y solidaria con sus compañeros, clientes y demás profesionales, y observará la mayor deferencia en sus relaciones profesionales, evitando posiciones de conflicto.
Algunos ejemplos de códigos deontológicos de otras profesiones, serían los siguientes:

Trabajo realizado por Rocío García Peinado y Alba García Barrera.

No hay comentarios: